Sanción y multa a dos vecinos por realizar un evento sin autorización

La Secretaria de Seguridad Municipal comunica:
Causa 153/20 caratulada Olmos Mariano y Lupardo Mauricio s/eventos sin autorización: a raíz de un trabajo interdisciplinario llevado a cabo por Secretaria de Seguridad-Juzgado de Faltas- Patrulla Rural Salto y Dirección de Tránsito y Control Urbano,

El Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Salto, ha dictado la siguiente Resolución:

Salto 04 de marzo de 2020-
Autos y vistos y considerando- resuelvo:
Sancionar al Sr Lupardo Mauricio- propietario predio- y al Sr Olmos Mariano Raúl- organizador evento- por llevar a cabo evento sin habilitación- sin certificado bomberos pergamino- sin certificado R.E.B.A.,  poniendo en riesgo la seguridad de las personas concurrentes al lugar, una multa equivalente a 20 sueldos mínimo de empleado municipal equivalente a la suma de $ 261.801 c/ ,2 ctvo. .Inhabilitando por tiempo ilimitado la utilización del lugar para cualquier evento a excepción del circuito de motos.-
En caso de volver a constatarse evento sin habilitación, sin más trámite se procederá a la clausura del circuito por cambio de rubro, sin perjuicio de las comunicaciones a las autoridades provinciales que intervienen en las carreras de motos-

 

Fdo. Dr. César Di Mántova-

Juez de Faltas- Municipalidad de Salto.-

Por otro lado se ha efectuado comparendo y notificación a propietario de chacra ubicada en Ruta Pcial.  32 y acceso de tierra- inmediaciones Club C.U.S.A.- de abstenerse realizar todo tipo de evento que demande las habilitaciones correspondientes y en la misma calidad funcional que la anterior.

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